Missió

Una cooperación catalana, metropolitana, concertada y municipalista orientada a la promoción del desarrollo humano sostenible.

Visión y misión

11. El AMB se alinea con la comunidad internacional de donantes y pone el foco de su política de cooperación al desarrollo en la contribución al desarrollo humano sostenible. La concepción de desarrollo que adopta este plan, en coherencia con la definición del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, se entiende como un proceso de ampliación de las capacidades de las persones para que desarrollen la vida que consideren digna. Esta concepción supone que los retos del desarrollo humano sostenible no derivan solo de la falta de recursos, sino de la igualdad en su distribución y en sus derechos de uso. Este enfoque implica, por consiguiente, que el plan parte de una visión transformadora de la cooperación al desarrollo en contraposición con visiones de carácter más asistencialista y dirige los esfuerzos de la cooperación al combate de las causas que explican las situaciones de pobreza, exclusión y desigualdad.

12. De acuerdo con lo que se extrae del PAM, la cooperación al desarrollo del AMB  debe caracterizarse por su naturaleza catalana, metropolitana, municipalista y concertada. Este mandato orienta este modelo de cooperación a dar respuesta a los desafíos del desarrollo humano sostenible en el ámbito de las conurbaciones urbanas a través de la cooperación técnica en todo lo referido a la gestión mancomunada de servicios y a los ámbitos de experiencia propios del AMB. Además, de acuerdo con su vocación municipalista, esta política pública que reconoce el papel protagonista de las instituciones municipales y del conjunto de la sociedad civil en los procesos de desarrollo en el territorio, se orienta a fomentar el fortalecimiento institucional de los municipios como actores públicos más cercanos a la ciudadanía y promueve una sociedad civil como agente de transformación social que hace posible el empoderamiento de la ciudadanía.

13. La elección de esta visión transformadora y de este modelo, con el que el AMB quiere contribuir a la cooperación al desarrollo, determinan la misión de esta política pública de la siguiente manera:
  • El AMB contribuye al desarrollo humano sostenible en las conurbaciones urbanas de los países socios mediante una política pública transformadora y de calidad, que pone la experiencia del AMB al servicio de las personas.
En coherencia con esta misión, el desarrollo de esta política debe estar guiado por principios que orienten la acción tanto a la transformación social –principios transversales– como a la calidad y eficacia de esta política pública –principios de actuación.

Principios de actuación

14. Los principios de actuación que deben garantizar la eficacia y la calidad de esta política pública se inspiran en los principios que se derivan de la Agenda de Eficacia de la Cooperación al Desarrollo, la Ley Catalana de Cooperación al Desarrollo, y el mandato de cooperación al desarrollo que define el PAM. Así, los principios de actuación que deben orientar el conjunto de actuaciones a impulsar en el marco de esta política pública se concretan en las siguientes acciones:
  1. Apropiación democrática de los procesos de desarrollo por parte de las partes implicadas de los países socios.
  2. Alineación con las instituciones, políticas, estrategias y procedimientos de los países socios, siempre que estos no entren en contradicción con los valores que inspiran esta política pública.
  3. Concertación, coordinación y complementariedad de actuaciones entre los diferentes actores de cooperación metropolitanos, catalanes y en el seno de la comunidad internacional de donantes.
  4. Rendición de cuentas mutua entre las diferentes partes implicadas en la relación de asociación y promoción de la transparencia en la gestión de esta política pública.
  5. Gestión por resultados de desarrollo y aplicación de los principios de buena gestión pública en la planificación, seguimiento y evaluación de esta política pública.
  6. Coherencia del conjunto de la actuación metropolitana, en materia de cooperación, con la misión, principios y valores de esta política pública definida en este Plan director.
  7. Naturaleza municipalista y metropolitana de las actuaciones a promover en el marco de esta política pública.

Principios transversales

15. La cooperación del AMB debe ser coherente con los valores que sustentan la sociedad catalana y, por tanto, las acciones que se derivan deben garantizar el respeto de los derechos humanos, la paz, la equidad y la defensa de los colectivos más desfavorecidos o los que sufren discriminaciones, tal como se extrae de los valores recogidos en la Ley catalana de cooperación. A continuación se reproduce el extracto de los valores definidos por la Ley, fuente de inspiración de los principios transversales del Plan director de cooperación al desarrollo de la Generalidad de Cataluña y, en coherencia, de este Plan director.

Los valores de la Ley catalana de cooperación
  1. El reconocimiento del ser humano en las dimensiones individual y colectiva, como protagonista y destinatario último de la política de cooperación pública al desarrollo.
  2. El fomento de la paz, la justicia, la igualdad y la equidad en las relaciones entre personas, pueblos, culturas, naciones y estados, y también la prevención y la solución pacífica de los conflictos y las tensiones sociales, y el fortalecimiento y el arraigo de la paz y de la convivencia.
  3. La promoción y la defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales, universales, indivisibles e interdependientes, considerando la libertad, la democracia y la dignidad de la persona como fundamentos de todo el esfuerzo en pro del desarrollo humano.
  4. El reconocimiento del derecho de los pueblos a la defensa y promoción de la cultura, la lengua y la identidad propias, y también de los valores de la convivencia multicultural.
  5. La defensa y la promoción de las personas y los colectivos más desfavorecidos o de los que sufren discriminaciones políticas o económicas por razones de sexo, raza o etnia, cultura o religión.
  6. El reconocimiento de los derechos económicos, laborales y sociales, del trabajo, la empresa y el buen gobierno como fundamentos de un desarrollo económico duradero, equitativo y sostenible que incida también en la redistribución de la riqueza y en la justicia social.

Extracto de la Ley 6/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo

16. Los valores expuestos parten de una visión transformadora de la cooperación al desarrollo que busca promover cambios en las relaciones y las estructuras que generan y reproducen las situaciones de exclusión, las desigualdades y los conflictos que se encuentran en la base de gran parte de los retos de desarrollo humano sostenible en los países, las conurbaciones urbanas y las regiones metropolitanas objeto de esta política. Estos valores se concretan en principios transversales que han de ser respetados por el conjunto de actuaciones del AMB en este ámbito. De acuerdo con lo que establece el Plan director de cooperación al desarrollo de la Generalidad (2011-2014), los principios transversales deben contemplarse de manera sistemática en la aplicación de esta política, ya que establecen las condiciones mínimas para que se puedan dar procesos transformadores y eficaces en términos de desarrollo humano sostenible. En coherencia con lo que establecen la Ley, el PD de la Generalidad y dando continuidad al primer PD del AMB, los principios transversales de esta política pública son:
  1. Promover la equidad entre las mujeres y los hombres mediante la perspectiva de género.
  2. Promover el respeto integral y la consolidación de los derechos humanos, la gobernabilidad democrática y el fortalecimiento del tejido social, con especial atención a los derechos colectivos y a los derechos de los niños.
  3. Promover la sostenibilidad del desarrollo en su dimensión social, ambiental y económica.
  4. Promover la cultura de la paz e incorporar la perspectiva de construcción de paz.