Procesos participativos

Globus de conversa

 

 

PAM 2024-2027

Proceso de participación abierto hasta al 9 de enero de 2024 para recoger y compilar diferentes aportaciones para la redacción del Plan de actuación metropolitano (PAM).

Acceso al proceso abierto

  • Motivación

    Durante las dos últimas décadas el mercado de alquiler ha ido ganando peso de forma generalizada en los municipios del área metropolitana de Barcelona. Si en 2001 el 20,9% de los hogares vivían en una vivienda en alquiler, en el año 2019 ya eran el 31,2%.

    Asimismo, durante los últimos años, los precios de alquiler han iniciado una fase alcista que, en términos medios, los ha llevado a máximos históricos desde que se dispone de datos. Por su parte, los ingresos de la población no han crecido con la misma intensidad, de tal manera que la distancia entre el precio medio del alquiler y los ingresos de los hogares se ha ido ensanchando.

    Para hacer frente a esta situación, que se puede hacer extensiva a otros territorios de Cataluña, una de las propuestas legislativas llevadas a cabo por el Parlamento ha sido la Ley 11/2020, del 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda.

    El objeto de esta ley es regular la contención y moderación de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda. La misma Ley 11/2020 estipula los preceptos para la delimitación de las llamadas áreas con mercado de vivienda tienes, donde se podrá aplicar el régimen de contención de rentas.

    La disposición transitoria segunda declara un listado de municipios, de los cuales 24 son de la AMB, como área de mercado de vivienda tienes. Esta declaración es vigente hasta el 21 de septiembre de 2021 y requiere la formulación de una nueva declaración de área de mercado de la vivienda tienes para permitir la implementación de la Ley 11/2020 más allá de este periodo.

    El Área Metropolitana de Barcelona es según la Ley 11/2020 competente para hacer esta declaración en el ámbito metropolitano a iniciativa propia o por solo • licitud de los municipios. En este caso la AMB ofreció a los 35 municipios del ámbito metropolitano (excluido Barcelona que es competente para hacerlo) la posibilidad de hacer la tramitación si los municipios lo acordaban por un acuerdo del Plenario.

    En este momento, se inicia un periodo de consulta a la ciudadanía, previo a la redacción de las memorias y los informes municipales. En este espacio se pone a disposición de la ciudadanía la información relativa al procedimiento administrativo, el índice del contenido de la memoria y un listado de los Ayuntamientos que han sol • licitado (en la fecha indicada) la tramitación en el AMB.

    También se ha habilitado un formulario para recibir las aportaciones y las apreciaciones de la ciudadanía respecto a este procedimiento.