Compañías y tarifas

Las entidades suministradoras son las compañías públicas, privadas o mixtas que, bajo la gestión del AMB, transportan el agua potable a los consumidores.

Compañías
Las compañías (entidades suministradoras) reciben el agua potable de los diferentes puntos de conexión con la red de transporte o en los depósitos de cabecera (suministro en alta) y la distribuyen a los municipios mediante la red de distribución.

Companyies al territori metropolità
Compañías en el territorio metropolitano


Web de las compañías suministradoras

Aígües de Barcelona, empresa metropolitana Aigües de Catalunya APSA
Aigües de Sant Vicenç AICSA Aqualia
CASSA SABEMSA SOREA

El AMB aprueba y lleva a cabo el análisis y el seguimiento de las actuaciones previstas en el plan de inversiones de estas compañías.

El AMB trabaja de forma conjunta con las compañías para mejorar el sistema de distribución de agua potable, desde el cambio de tuberías dañadas o antiguas hasta grandes obras de interconexión. Es también la Administración responsable de la aprobación de tarifas en los municipios de su ámbito territorial.

Gràfic Abonats per tipologia d'ús (any 2020)
Gràfic Aigua consumida en milers de m3 per usos (any 2019)
Tarifas
La AMB, a propuesta de los ayuntamientos o de las entidades suministradoras, aprueba las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias (es decir, las tarifas), del servicio de suministro domiciliario, dentro de su ámbito territorial, así como los derechos económicos para la prestación de actividades conexas de agua (es decir precios ajenos, como acometidas, derechos de conexión ...).

Información de las compañías suministradoras sobre tarifas
Aígües de Barcelona, empresa metropolitana Aigües de Catalunya APSA
Aigües de Sant Vicenç AICSA Aqualia
CASSA SABEMSA SOREA

La tarifa del agua comprende:
  • Cuota de servicio: cantidad fija que el abonado paga en función del  diámetro del contador.
  • Consumo: cantidad variable que el abonado paga en función del agua que  consume.
Para componer la factura que finalmente recibe el consumidor, a esta tarifa, que incluye la cuota de servicio y el consumo, debe añadírsele:
  • Conceptos impositivos como el canon del agua, la tasa metropolitana de tratamiento  y disposición de residuos municipales (TMTR) y el IVA.
  • Algunos municipios incluyen la tasa de alcantarillado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), en la nueva redacción dada por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) por la que se trasladan al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23 / UE y 2014/24 / UE, de 26 de febrero de 2014, según el cual las contraprestaciones económicas establecidas coactivamente que se perciban por la prestación de los servicios públicos a que se refiere el artículo 20.4 TRLRHL, entre ellos, el servicio de distribución de agua, realizada de forma directa mediante personificación privada o mediante gestión indirecta, tienen la consideración de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Constitución, y se regularán mediante ordenanza.

En este sentido, el Consejo Metropolitano de fecha 29 de octubre de 2019 aprobó la ordenanza reguladora de las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias aplicables a la prestación del servicio público de abastecimiento de agua potable en el ámbito territorial del área metropolitana de Barcelona.

Ordenança reguladora BOPB 12.11.2019

Modificació de l'ordenança BOPB 16.12.2019
Bonificaciones
El Plan de actuación metropolitano 2011-15 establece la incorporación de criterios de tarifación social que consideren la capacidad económica de las personas, así como de progresividad ecológica en el sistema tarifario de las compañías suministradoras de agua: se trata de la tarifación social y ecológica que el AMB promueve en el área metropolitana.

Los clientes de las compañías concesionarias del servicio en los municipios del AMB (23 a finales de 2013 y progresivamente el resto a partir de la aprobación de las nuevas tarifas) pueden acogerse a diferentes bonificaciones en la factura del recibo del agua.
Corte de suministro
Protocolo para evitar el corte de suministro de agua potable a las personas en situación de vulnerabilidad

Cuando un ciudadano está en una situación económica muy desfavorable, y por tanto, puede ser susceptible de sufrir un corte de suministro de agua por falta de pago, pueden darse diferentes supuestos:
  • 1. Usuario que no puede pagar y se dirige a la compañía suministradora
    • La compañía suministradora le preguntará por su situación para saber si es un beneficiario potencial de la tarifa social o ecológica del AMB, de forma que el precio de sus futuras facturas sea más económico.
      • Si el número de miembros censados en la unidad familiar o convivencial es superior a 3, la gestión para apuntarlo por este supuesto la hace directamente la compañía que lo está atendiendo.
      • Si puede formar parte de la tarifa social (ingresos familiares reducidos según los supuestos del canon social del agua gestionado por la ACA), la compañía le explicará que hay que ir directamente a la Agencia Catalana del Agua (ACA), y le facilitará los modelos de petición y el listado de documentación que debe presentar ante la ACA.
    • Independientemente del punto anterior, que serviría para facturas futuras, la compañía negociará aplazamientos o pagos mensuales del recibo, así como otras facilidades que se puedan acordar. Durante las negociaciones y cuando se llegue a acuerdos, no se cortará el suministro.
    • Si a pesar de las facilidades del punto b) para arreglar la situación, el usuario no puede hacerse cargo de ello, la compañía le dirigirá los Servicios Sociales de su Ayuntamiento donde se analizará si puede acceder al Fondo Social (en caso de que exista en colaboración con el Ayuntamiento, el AMB y la compañía) o, en su caso, a partidas de los ayuntamientos previstas para ello. Cada compañía informará de la existencia de medidas del municipio del usuario que se ha dirigido a la compañía.
  • 2. Usuario que no puede pagar y se dirige a los Servicios Sociales de los Ayuntamientos
    • Los Servicios Sociales del Ayuntamiento le preguntarán por su situación para saber si es un beneficiario potencial de la tarifa social o ecológica del AMB, de forma que el precio de facturas futuras sea más económico.
      • Si el número de miembros censados en la unidad familiar o convivencial es superior a 3, la gestión para apuntarlo por este supuesto la puede hacer la compañía o la Agencia Catalana del Agua. Por lo tanto, se indicará al usuario que acuda a uno de estos lugares, le explicarán cómo se hace la petición y le facilitarán los modelos de petición y el listado de documentación que debe presentar.
      • Si puede formar parte de la tarifa social (ingresos familiares reducidos según los supuestos del canon social del agua gestionado por la ACA) le indicarán que debe ir directamente a la Agencia Catalana del Agua (ACA). Los Servicios Sociales explicarán al usuario cómo se hace y le facilitarán los modelos de petición y un listado de documentación que debe presentar ante la ACA.
    • Independientemente del punto anterior, que serviría para facturas futuras, si los Servicios Sociales consideran que el usuario está en situación de dificultades, actuarán de la siguiente manera:
      • Mirarán si se puede integrar dentro de algún Fondo Social de la compañía o, en su caso, en partidas de los ayuntamientos previstas para ello.
      • El Ayuntamiento decidirá, previa valoración social, si se hace cargo de la parte no cubierta por el fondo o, alternativamente, si se hace cargo de todo.
      • En caso de que el Ayuntamiento haya acordado hacerse cargo de la deuda, los Servicios Sociales comunicarán a la compañía que no corte el suministro. 
  • 3. Usuario susceptible de corte por impago
    Cuando un usuario no pague la factura, se le enviará una carta desde la compañía solicitando su pago, ofreciendo facilidades de pago e indicando la existencia de la tarifa social o ecológica del AMB, que él mismo tiene que solicitar y dónde puede dirigirse para conseguirla.

    De forma simultánea a la comunicación al usuario, la compañía deberá de solicitar al AMB la autorización de corte. En dicha solicitud se diferenciarán del resto de usuarios aquellos que estén dentro de la tarifa social. Por lo tanto, se harán dos peticiones independientes (listas separadas).
    • Lista de los que no están dentro de la tarifa social, que seguirá el trámite indicado en el "Reglament del servei metropolità del cicle integral de l'aigua", sin ninguna consideración especial.
    • Lista de los que están dentro de la tarifa social, que será estudiada de forma particular por el AMB con el fin de considerar la posible incorporación o no de los afectados al caso 2b) de este protocolo.
    Desde el AMB se establecerán colaboraciones con los ayuntamientos, de forma que éstos tengan un plazo de 15 días naturales, desde el día siguiente a la fecha de comunicación que le haga el AMB, para valorar si otorgan una ayuda al afectado. Este plazo podrá modificarse de mutuo acuerdo.

    Durante este plazo no se cortará el suministro, y si la valoración del Ayuntamiento ratifica la situación de vulnerabilidad, tampoco se cortará.
Prova: $provaURL