Subvenciones, en especie de cesión de bicicletas, a empresas y profesionales del ámbito metropolitano. CONVOCATORIA 2022

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Debido a la voluntad del AMB de impulsar la movilidad sostenible en el territorio, se establece una línea de subvención, en forma de cesión temporal de bicicletas, para empresas de los municipios del área metropolitana de Barcelona.

Estado:
Fuera de plazo
Tema:
Movilidad
Subtema:
Subvenciones a la bicicleta eléctrica
Sub-subtema:
Biciempresa
Responsable AMB:
Dirección de Servicios de Movilidad Sostenible

Información previa

Descripción

Convocatoria 2022 de subvenciones, en especie de cesión de bicicletas, del programa BICIEMPRESA.
El objetivo de la subvención es facilitar el traspaso de desplazamientos cotidianos en vehículo privado a la bicicleta o a la bicicleta y el transporte público (desplazamientos intermodales). La iniciativa también promueve indirectamente el servicio Bicibox de aparcamiento seguro, en buena parte disponible junto a estaciones ferroviarias (de RENFE, FGC, metro y tranvía).

El AMB destinará a esta convocatoria la cantidad de 50.000 euros. Las bicicletas eléctricas subvencionables serán de tipo bicicleta eléctrica urbana, con asistencia al pedaleo y un equipamiento estándar.

El procedimiento consta de tres etapas:

  1. Presentación de la solicitud al AMB de un número determinado de bicicletas por parte de una empresa metropolitana.
  2. Aprobación de las solicitudes y asignación de un número de bicicletas a las diferentes empresas solicitantes (distribución según el número de bicicletas disponibles por parte del AMB).
  3. Licitación por parte del AMB del alquiler de las bicicletas necesarias.
  4. Subvención en especie correspondiente a la cesión de bicicletas a las empresas, previa firma conjunta del acta de cesión.
Una vez el AMB haya aprobado las solicitudes y contratado el servicio de renting de las bicicletas, se procederá a su cesión a las empresas, previa firma conjunta del acta de cesión (ver Annexo 2 de las Bases reguladoras).

Las bicicletas cedidas llevarán una etiqueta identificativa con el logo del AMB, en la forma que el AMB determine en su momento.

El acta de cesión identifica cada una de las bicicletas cedidas con sus números de series (bastidor, motor, batería), así como también las obligaciones asumidas por las partes.


A quién va dirigido

Podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas jurídicas públicas o privadas que tengan un centro de trabajo en uno o más de uno de los 36 municipios del AMB.

La asignación final por parte del AMB se hará según el número total de bicicletas disponibles y el número de unidades solicitadas por cada empresa, con un máximo de 5 bicicletas por empresa.

El usuario de la bicicleta será un trabjador de la empresa, tanto para desplazamientos in itinere (entre su residencia y el centro de trabajo), como también para desplazamientos in misio (servicios o gestiones que formen parte de la actividad económica).


Plazos

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a contar el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y finalizará a los 40 días hábiles de la misma.

El período de presentación de solicitudes finaliza el 11 de noviembre de 2021.


Requisitos

Se podrá solicitar una subvención en especie correspondiente a la cesión temporal durante 6 meses de un máximo de 5 bicicletas (eléctricas o mecánicas, de paseo o plegables) por cada empresa solicitante.

Los desplazamientos con estas bicicletas deberán tener siempre origen o destino dentro del territorio del AMB.


Avisos

En relación a la declaración de transparencia, el coste mensual máximo por bicicleta que asume el AMB es de 113,14 € (IVA incluido). Por lo tanto, la subvención máxima que se puede recibir con esta convocatoria, pidiendo 5 bicicletas eléctricas durante 6 meses, es de 3.394,20 €.

En caso de que la empresa haya solicitado otras subvenciones a la AMB, y conjuntamente con esta se superen los 10.000 €, se deberá rellenar el formulario adjunto de 'Declaración de Obligaciones de Transparencia'. En caso contrario, será suficiente que la empresa certifique que en ninguna circunstancia recibirá más de 10.000 € de subvención.

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Trámites y formularios

En línea
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Rellenar

De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la tramitación se realizará de forma electrónica.

La solicitud

La solicitud se debe presentar la solicitud en el Registro electrónico de la AMB a través de la instancia genérica debidamente cumplimentada, durante el plazo de presentación establecido.

Instancia genérica

La instancia de solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

Los documentos de solicitud para concurrir a esta convocatoria deberán cumplir los requisitos exigidos en las Bases Reguladoras.

  1. Modelo de solicitud de la subvención (formulario adjunto en esta página).
  2. Tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF definitivo de la persona jurídica pública o privada.
  3. Copia DNI o NIE del representante de la persona jurídica pública o privada que firma la solicitud.
  4. Documentación acreditativa de la representación en el caso de que el solicitante actúe en nombre de otra persona física.
  5. Documentación acreditativa de la representación legal de la persona jurídica pública o privada en caso de que el solicitante actúe en nombre de la empresa.
  6. Copia de la escritura de poderes si el solicitante no es el representante legal de la persona jurídica pública o privada.
  7. Copia de la escritura de constitución de la persona jurídica pública o privada (incluyendo los estatutos) y de la acreditación de la inscripción de la entidad o empresa en el registro oportuno, y, en su caso, de las posteriores modificaciones.
  8. Declaración de las obligaciones de transparencia (formulario adjunto en esta página), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  9. Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, a los efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.
  10. Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a los efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  11. Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con la Generalidad de Cataluña, a los efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.
  12. Una breve memoria de la actividad a subvencionar (memoria de motivación) que explique:
    1. Las políticas activas de movilidad sostenible de la persona jurídica pública o privada.
    2. Un listado de los trabajadores / as interesados ??y actividad a la que se destinará cada una de las bicicletas pedidas.
    3. Un mapa de la situación de la persona jurídica pública o privada y de la estación ferroviaria más cercana (ya sea tren, tranvía o metro).
    4. El impacto de la medida en la movilidad sostenible en base a los recorridos que se realizarán en bicicleta (por ejemplo: viajes diarios en coche que se evitarán, kilometraje anual que dejará de hacerse con un vehículo de combustión ...).
    5. Como gestionará la persona jurídica pública o privada estas bicicletas (quien se responsabilizará, donde serán guardados, donde podrán ser recargadas las baterías ...) y qué seguimiento de su correcta utilización piensa hacer.
  13. Carta de colaboración del Ayuntamiento correspondiente (opcional).
  14. Carta de colaboración de la asociación de empresas del polígono de actividades económicas correspondiente (opcional).
  15. Cualquier otro documento que la persona jurídica pública o privada quiera añadir para completar el contenido de los anteriores.
Todos estos modelos, siguiendo el mismo orden y letra de identificación, se anexan a la presente convocatoria en formato PDF.

Respuesta de la Administración

El órgano responsable de la instrucción del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones objeto de la convocatoria será la Dirección de Servicios de Movilidad Sostenible del AMB.

El plazo máximo para el otorgamiento de la subvención será de tres (3) meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, en virtud de lo establecido en el artículo 15.2 de la Ordenanza General de subvenciones del AMB.

La falta de resolución dentro de dicho plazo tendrá efectos desestimatorios.

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