- Estado:
- Fuera de plazo
- Tema:
- Internacional
- Responsable AMB:
- Dirección del Área de Internacional y Cooperación
Subvenciones y apoyos económicos en el ámbito de la Cooperación Internacional y la Educación para la Ciudadanía Global para ayuntamientos de la AMB
CONVOCATORIA 2020
Convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de apoyos económicos a los ayuntamientos que forman parte del Área Metropolitana de Barcelona en el marco de las "Bases para solicitar y otorgar subvenciones y apoyos económicos en el ámbito de la Cooperación Internacional y la Educación para la Ciudadanía Global "para proyectos que se inicien en el año 2020.
Información previa
Descripción
Aviso
El período de presentación de solicitudes se cerrará el 3 de septiembre de 2020.
El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de apoyos económicos a los ayuntamientos del Área Metropolitana de Barcelona (en adelante AMB), según las Bases para solicitar y otorgar subvenciones y apoyos económicos en el ámbito de la cooperación Internacional y de la Educación para la Ciudadanía Global, aprobadas por el Consejo Metropolitano, publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (en adelante BOPB) en tres modalidades:
- Modalidad A: para proyectos de cooperación internacional (cooperación coordinada o no).
- Modalidad B: para proyectos de educación para la ciudadanía global, en adelante ECG (cooperación coordinada o no).
- Modalidad C: cooperación coordinada varios ayuntamientos.
Objetivos transversales
Los proyectos que concurran a la presente convocatoria deberán ajustarse a los objetivos transversales de la cooperación al desarrollo de la AMB recogidos en el Plan Director y deberán integrarse al menos uno de los ejes transversales siguientes:
- Enfoque de derechos humanos.
- Empoderamiento y equidad entre las mujeres y los hombres.
- Gobernanza democrática y gobernabilidad.
- Sostenibilidad ambiental.
- Diversidades.
- Cultura de no-violencias y paz.
Se priorizarán los ámbitos geográficos que se relacionan a continuación:
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Mediterrania:
- Territorio de especial prioridad: Mediterráneo oriental (Siria y los países que acogen refugiados)
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Mesoamérica:
- Territorio de especial prioridad: Área metropolitana de San Salvador.
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África:
- Territorios de especial prioridad: África occidental y Área metropolitana de Maputo.
- Área metropolitana de Barcelona: Las diferentes actividades de ECG se deberán llevar a cabo en el ámbito territorial de cualquier municipio/s de los que conforman el área metropolitana de Barcelona, sin perjuicio de que otras acciones integradas en el proyecto se realicen fuera de este ámbito territorial.
Objetivos sectoriales
- Promover, facilitar y fortalecer la gobernanza metropolitana.
- Desarrollar una planificación territorial que garantice los derechos de las personas y la movilidad en estos espacios (planificación urbana y movilidad inclusiva, equitativa, segura y sostenible).
- Promover el acceso seguro y equitativo a equipamientos, espacios públicos y espacios abiertos a la ciudadanía en contextos urbanos desfavorecidos.
- Contribuir a la garantía de un entorno saludable y libre de contaminación mediante la gestión integral del ciclo del agua y la selección, recogida y tratamiento de residuos en áreas metropolitanas.
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Promover el ECG en el área metropolitana de Barcelona:
- Promover conocimientos y análisis crítico hacia las desigualdades y los conflictos en el mundo y sus causas y el cambio de actitudes para reducirlas, con una visión local-global en relación con los objetivos del Plan Director, especialmente la divulgación y profundización respecto a objetivos de Desarrollo Sostenible en las metrópolis, la Agenda Urbana.
- Facilitar mecanismos y conocimientos para vincular el ECG con los objetivos sectoriales del Plan Director (Objetivos b, cyd).
También se priorizarán, por la misma razón, aquellos proyectos que contribuyan al fortalecimiento de las instituciones públicas locales y sociedad civil organizada del territorio urbano vinculadas a los objetivos sectoriales.
Importes máximos de las subvenciones
- Modalidad A: para proyectos de cooperación internacional (cooperación coordinada o no). Máximo solicitar: 27.000 €.
- Modalidad B: para proyectos de educación para la ciudadanía global, en adelante ECG (cooperación coordinada o no). Máximo solicitar: 20.000 €.
- Modalidad C: cooperación coordinada varios ayuntamientos. Máximo solicitar: 40.000 €.
Costes indirectos, gastos de gestión del proyecto no superiores al 10%.
A quién va dirigido
Ayuntamientos que forman parte del Área Metropolitana de Barcelona.
Plazos
- Los proyectos deberán haberse iniciado en 2020 y finalizado como máximo el 31 de marzo de 2022.
- Una vez la convocatoria sea publicada en el BOPB el plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles.
- Aceptación de la aprobación de las subvenciones por parte de los interesados: 10 días hábiles.
Requisitos
Los ayuntamientos metropolitanos que quieran acogerse a esta convocatoria deberán cumplir los requisitos exigidos en la bases, aprobadas por el Consejo Metropolitano de la AMB y publicadas en el BOPB.
Enlaces relacionados
Trámites y formularios
En línea
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Rellenar
De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la tramitación se realizará de forma electrónica.
La solicitud
Los ayuntamientos solicitantes deben presentar la solicitud en el Registro electrónico de la AMB a través de la instancia genérica debidamente cumplimentada, durante el plazo de presentación establecido.
En la instancia de solicitud de subvención se especificará la modalidad pe la que se presenta: Solicitud de apoyo económico para proyecto de Cooperación Internacional, de Educación para la Ciudadanía Global o Cooperación Coordinada presentado por ayuntamiento.
Instancia genérica
La instancia de solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
Los documentos de solicitud para concurrir a esta convocatoria deberán cumplir los requisitos exigidos en las Bases Reguladoras.
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Documentación administrativa:
- Certificación del acuerdo interno del ayuntamiento metropolitano de presentar la solicitud a concurso y de otorgar poder de representación a la persona que la suscribe (o poder general del representante).
- Declaración expresa, por parte del ayuntamiento metropolitano, de haber desarrollado proyectos de temática similar o en la misma zona geográfica donde se desarrollará el proyecto.
- Acreditación de los diferentes acuerdos cuando sea el caso de proyectos presentados en consorcio entre ayuntamientos, indicando la participación que a cada uno corresponde en el proyecto.
- En caso de presentarse un proyecto de agrupación consorciada de ayuntamientos todos los entes consorciados deberán presentar la documentación administrativa requerida.
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Documentación técnica:
- Formulario (de acuerdo con el modelo normalizado correspondiente) relativo a la propuesta del proyecto que se presenta a la convocatoria. En el caso de iniciativas de cooperación coordinada se proporciona un modelo normalizado específico.
- La no presentación del formulario de la propuesta del proyecto para el que se pide apoyo económico implicará el archivo definitivo de la solicitud, sin más trámite.
Con el fin de cumplir con todos los trámites que requiere el proceso de participación en la presente convocatoria los ayuntamientos interesados deberán cumplimentar y presentar en el AMB, cuando proceda, los siguientes documentos:
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Para concurrir a la convocatoria (documentos descargables desde esta página web):
- Solicitud.
- Formulario de presentación del proyecto..
- Formulario para la Nota Conceptual (proyectos de Cooperación Coordinada).
- Ficha de identificación de datos bancarios.
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Una vez notificado el otorgamiento de la ayuda económica:
- Certificado de aceptación del apoyo económico (adjuntar certificados de estar al corrientes con seguridad social y Hacienda).
- Declaración de las obligaciones de Transparencia.
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Para la justificación final:
- Formulario de presentación de la justificación final técnica y económica del proyecto.
- Cuenta justificativa (adjuntar la documentación anexa indicada en el documento así como certificados de estar al corrientes con seguridad social y Hacienda).
Respuesta de la Administración
Resolución
La resolución se notificará a las personas físicas o jurídicas interesadas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/15, mediante la publicación en la "Base de Datos Nacional de Subvenciones". Las subvenciones y apoyos económicos concedidos incorporarán a la página web de la AMB, así como en otros medios que se considere oportuno.