Constitución de garantías definitivas en forma de avales y seguros de caución

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Estado:
En plazo
Tema:
Administración AMB
Responsable AMB:
Tesorería. Servicio Financiero

Información previa

Descripción

Constitución de garantías definitivas que sean requeridas por un procedimiento administrativo del AMB. Este trámite es, sólo, para las garantías de tipos avales y seguros de caución y deben ser aportadas por las entidades garantes.


A quién va dirigido

A las entidades que actúan de garantes.


Plazos

El que establezca cada procedimiento.


Requisitos

Que exista un requerimiento explícito del AMB a un interesado para que constituya la garantía. El interesado deberá ponerse en contacto con la entidad garante para que ésta realice este trámite a través del portal web del AMB. El documento de garantía deberá estar firmado electrónicamente por una persona con capacidad legal suficiente para firmar este tipo de documentos.

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Trámites y formularios

En línea

Cuando exista un requerimiento explícito del AMB a un interesado para que constituya una garantía, éste deberá ponerse en contacto con la entidad garante para que realice este trámite, presentando una instancia específica en el Registro electrónico del AMB.

Con la instancia específica deberá adjuntarse:

  • El documento de garantía original firmado electrónicamente con firma de representante y que incorpore la validación de poderes por la Asesoría Jurídica de la C.G.D. o la Abogacía del Estado. No se admitirán garantías con firma electrónica de persona física.
  • Si el documento de garantía no incorpora la validación de poderes por la Asesoría Jurídica de la C.G.D. o la Abogacía del Estado, deberá aportarse indistintamente la validación de poderes realizada por otra administración o copia de los poderes que acrediten la capacidad del firmante para constituir garantías.

Respuesta de la Administración

Sentido del silencio administrativo: negativo, garantía no constituida.

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