Instancia genérica por Registro electrónico

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Este trámite permite presentar, por vía telemática, una solicitud, comunicación o escrito sobre cualquier asunto de competencia del AMB, siempre que no exista un procedimiento específico para su tramitación.

Estado:
En plazo
Tema:
Administración AMB
Responsable AMB:
Registro General

Información previa

Descripción

Aviso

Antes de rellenar y enviar la instancia genérica electrónica compruebe, en la página de trámites, que su solicitud no se corresponde con un trámite que ya tiene un procedimiento específico. En caso de que exista, la tramitación se tendrá que hacer, obligatoriamente, mediante el procedimiento establecido en cada trámite específico. Si no, su comunicación podría ser rechazada de acuerdo con el art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Este trámite permite que cualquier ciudadano o persona jurídica presente, por vía telemática, una solicitud, comunicación o escrito sobre cualquier asunto de competencia del AMB, siempre que no exista un procedimiento específico para su tramitación.

Su comunicación será anotada en el Registro, que emitirá automaticamente un justificante de la recepción en el que constará el número de asiento.

Puede comprobar que su solicitud no se corresponde con ningún trámite específico del catálogo de la página de trámites en el siguiente enlace:

Ver trámites


A quién va dirigido

A cualquier persona física o jurídica con capacidad legal para obrar.


Plazos

Todo el año.


Requisitos

Para hacer este trámite electrónicamente es necesario identificarse con certificado digital o con idCAT mòbil.

Es necesario que la persona que realiza el presente trámite lo haga en nombre propio. 

En caso de hacerlo en representación de un tercero, tendrá que aportar el documento acreditativo de la representación, acompañado, si es necesario, de las copias de los documentos acreditativos de la identidad (art. 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administracions Públicas).


Avisos

Aquellos no obligados a relacionarse electrónicamente con la administración y que prefieran la presentación en papel, pueden descargar el formulario de la instancia genérica presencial en pdf

Una vez rellenada y firmada, deberán entregarla en la oficina del Registro del AMB o en aquellos otros lugares que establece la ley.

Oficina del Registro del AMB
C. 62, núm. 16-18. Edificio A.
08040 Barcelona

Cómo llegar a la sede del AMB

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Trámites y formularios

En línea
Para presentar electrónicamente su instancia genérica tiene que identificarse con certificado digital o mediante idCAT mòbil.

Una vez identificado, revise sus datos y rellene el formulario con su solicitud.

El formulario le permitirá adjuntar la documentación que considere oportuna para su petición.

Respuesta de la Administración

De manera general y de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si las normas reguladoras de un procedimiento no fijan un plazo máximo de resolución, este será de tres meses, a contar desde la fecha de rececpción de la solicitud efectuada por parte del Registro del AMB.

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