Subvenciones en cooperación internacional y educación para la ciudadanía global, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro

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CONVOCATORIA 2023 de subvenciones en el ámbito de la cooperación internacional y de la educación para la ciudadanía global para entidades sin ánimo de lucro, universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, y centros de investigación que estén adscritos a ellas.

Estado:
Fuera de plazo
Tema:
Internacional
Responsable AMB:
Área de Internacional y de Cooperación

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Aviso

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPB de 08.06.23

Descripción

Estas subvenciones se convocan en el marco del Plan de Actuación Metropolitano y el Plan Director de Cooperación Internacional del Área Metropolitana de Barcelona.

En la convocatoria se prevén tres modalidades:

Modalidad A. Proyectos de cooperación internacional

Las actuaciones deben responder a los siguientes objetivos específicos:

  • Promover , facilitar y fortalecer la gobernanza metropolitana.
  • Profundizar en un desarrollo metropolitano que preserve los derechos de las personas en todo el espacio urbano (planificación urbanística, espacios verdes, espacio público y movilidad), de forma que sea un entorno seguro, inclusivo, equitativo y ambientalmente sostenible.
  • Contribuir a garantizar los derechos ambientales de las metrópolis con la mejora de la gestión integral de los recursos, especialmente del agua y de los residuos.
  • Dar respuesta a las vulneraciones de los derechos humanos en contextos de emergencia y postemergencia en los conflictos armados, refugio y desastres vinculados a fenómenos naturales en el Mediterráneo oriental.
  • Dar respuesta a los retos que supone la emergencia climática, con especial atención a las acciones de adaptación a los países del sur global.

Modalidad B. Proyectos de emergencia a Ucrania

Las actuaciones deben dar respuesta a la emergencia vinculada a las vulneraciones de los derechos humanos en Ucrania relacionadas con el conflicto armado actual.

Modalidad C. Proyectos de educación para la ciudadanía global

Las actuaciones deben promover la ECG en el área metropolitana de Barcelona a través de una visión local-global vinculada a: 

  • Promover , facilitar y fortalecer la gobernanza metropolitana.
  • Profundizar en un desarrollo metropolitano que preserve los derechos de las personas en todo el espacio urbano (planificación urbanística, espacios verdes, espacio público y movilidad), de forma que sea un entorno seguro, inclusivo, equitativo y ambientalmente sostenible.
  • Contribuir a garantizar los derechos ambientales de las metrópolis con la mejora de la gestión integral de los recursos, especialmente del agua y de los residuos.
  • Dar respuesta a las vulneraciones de los derechos humanos en contextos de emergencia y postemergencia en los conflictos armados, refugio y desastres vinculados a fenómenos naturales en el Mediterráneo oriental.
  • Dar respuesta a los retos que supone la emergencia climática, con especial atención a las acciones de adaptación en los países del sur global.

Así mismo, solo serán admitidas las solicitudes de proyectos que se desarrollen en ciudades o municipios en ámbitos metropolitanos, con la excepción de los proyectos dirigidos a emergencia en Ucrania.

PRINCIPIOS TRANSVERSALES

Los proyectos que concurran en la presente convocatoria deberán ajustarse a los siguientes principios transversales:
    3.1    Enfoque de derechos humanos.
    3.2    Empoderamiento y equidad entre mujeres y hombres.
    3.3    Gobernanza democrática.
    3.4    Sostenibilidad ambiental.
    3.5    Diversidades.
    3.6    Cultura de la no violencia y paz.

ÁMBITOS GEOGRÁFICOS DE ACTUACIÓN

En la modalidad A, de cooperación internacional, se priorizarán los ámbitos geográficos que se enumeran a continuación:

  • Mediterráneo. Territorio de especial prioridad: Mediterráneo oriental, Siria y los países vecinos que acogen a personas refugiadas.
  • Mesoamérica. Territorio de especial prioridad: área metropolitana de San Salvador.
  • África. Territorios de especial prioridad: África occidental y área metropolitana de Maputo.

En la modalidad B, de emergencia a Ucraïna, solo se aceptarán proyectos que se implementen en Ucrania.

En la modalidad C, de ECG, solo se aceptarán proyectos que se implementen en el ámbito territorial de al menos dos municipios de los que conforman el área metropolitana de Barcelona. Se priorizarán los proyectos vinculados a través del ECG a territorios del Mediterráneo (especialmente Mediterráneo oriental, Siria y los países vecinos que acogen a personas refugiadas ), Mesoamérica (especialmente con el área metropolitana de San Salvador) y África (especialmente África occidental y área metropolitana de Maputo).

IMPORTES MÁXIMOS DE LA SUBVENCIÓN: 

La subvención correspondiente a la aportación del AMB tendrá, como máximo, los  siguientes importes:
- Para cada proyecto de cooperación internacional, un máximo de 40.000 EUR.
- Para cada proyecto de emergencia en Ucrania , un máximo de 40.000 EUR.
- Para cada proyecto de educación para la ciudadanía global, un máximo de 20.000 EUR.

Los importes anteriores, en cualquier caso, no superarán el 80 % del presupuesto total del proyecto. La aportación del resto del presupuesto quedará a cargo de la entidad solicitante o socia local.

Cada entidad interesada podrá presentar, como máximo, un proyecto en la convocatoria, ya sea como entidad solicitante o como consorciada.

En la memoria económica justificativa del proyecto, los gastos indirectos son gastos de gestión del proyecto y no pueden sobrepasar el 10 % del total subvencionado.

A quién va dirigido

Entidades sin ánimo de lucro, universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, y centros de investigación que estén adscritos a ellas, en el marco de las políticas públicas en cooperación internacional del Área Metropolitana de Barcelona.

Plazos

  • Los proyectos deberán haberse iniciado en 2023 y finalizado, como máximo, el 30 de abril de 2024.
  • El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPB. 
  • Una vez notificada la resolución de otorgamiento de la subvención en el BOPB, las entidades subvencionadas deben comunicar la aceptación de la subvención, y la reformulación inicial por escrito en caso de que sea necesario, en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la fecha de recepción de la notificación oficial del otorgamiento de la subvención.

Requisitos

Las entidades que quieran acogerse a esta convocatoria deberán cumplir los requisitos exigidos en las bases, aprobadas por el Consejo Metropolitano del AMB y publicadas en el BOPB.

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